domingo, 31 de octubre de 2010

PEDAGOGIA BASICA PARA ORIENTAR LA FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL SENA

ACTIVIDAD 2:
COMPARACION ENTRE LAS DIFERENTES MODALIDADES DE FORMACION  Y SU ARTICULACION EN EL MUNDO DEL TRABAJO Y EDUCATIVO

PEDAGOGÍA BÁSICA PARA ORIENTAR LA FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL

SENA

FREDY ALONSO MERCADO
TUTOR

HECTOR CARRILLO V
C.C:73160735
ALUMNO
CARTAGENA 30 DE OCTUMBRE DE2010


















INTRODUCCION
El mundo del trabajo es un escenario fundamental para el desarrollo personal de los individuos. En él se despliegan sus talentos y se definen rasgos de personalidad como la autonomía y la estabilidad. Desde allí, se construyen el patrimonio y el proyecto de vida. Prepararse para el mundo del trabajo, no es sólo la opción de vincularse al mundo laboral a través del empleo, sino también la capacidad de generar unidades asociativas, cooperativas, empresas unipersonales
Pero las exigencias de los tiempos modernos han llevado a la comunidad educativa a pensar en cómo formar a los niños, niñas y jóvenes para enfrentar su propia vida y darles instrumentos que les permitan utilizar sus conocimientos y desarrollar las destrezas necesarias para incorporarse al mundo productivo.
Por ello, además del desarrollo de competencias básicas y ciudadanas, es indispensable que las instituciones educativas desarrollen en los estudiantes competencias laborales, entendidas como un conjunto de conocimientos, habilidades, actitudes y disposiciones, que les conduzcan a trabajar en equipo, lograr resultados en una organización o unidad productiva y los habilite para conseguir un empleo, generar su propia empresa o negocio, mantenerse en la actividad que elijan y aprender elementos específicos del mundo del trabajo.



















COMPARACION ENTRE LAS DIFERENTES MODALIDADES DE FORMACION  Y SU ARTICULACION EN EL MUNDO DEL TRABAJO Y EDUCATIVO

Educación formal
LEY 115 DE 1994
(Febrero 8)
Por la cual se expide la ley general de educación
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
TITULO I
Disposiciones Preliminares
ARTÍCULO 1º. Objeto de la ley. La educación es un proceso de formación permanente,
Personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana,
De su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de  la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación  y cátedra y en su carácter de servicio público.
De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social. La Educación Superior es regulada por ley especial, excepto lo dispuesto en la presente Ley.
Regl. Art. 2º del Dec. 1860/94
ARTÍCULO 9º. El derecho a la educación. El desarrollo del derecho a la educación se regirá por ley especial de carácter estatutario.
TITULO II
Estructura del servicio educativo
CAPITULO 1°
Educación Formal
SECCION PRIMERA
Disposiciones comunes
ARTÍCULO 10. Definición de educación formal. Se entiende por educación formal     aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos.
ARTÍCULO 11*. Niveles de la educación formal. La educación formal a que se refiere la
Presente Ley, se organizará en tres (3) niveles:
a) El preescolar que comprenderá mínimo un grado obligatorio;
b) La educación básica con una duración de nueve (9) grados que se desarrollará en dos ciclos: La educación básica primaria de cinco (5) grados y la educación básica secundaria de cuatro (4) grados, y
c) La educación media con una duración de dos (2) grados. La educación formal en sus distintos niveles, tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales las personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente.
Educación preescolar
Regl. Art. 6º Dec. 1860/94 y Art. 1° a 18 Dec. 2247/97
SECCION SEGUNDA
ARTÍCULO 15*. Definición de educación preescolar. La educación preescolar
Corresponde a la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico,
Cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización Pedagógicas y recreativas.
Afín Direc. MEN 016/95
ARTÍCULO 17.* Grado obligatorio. El nivel de educación preescolar comprende, como
Mínimo, un (1) grado obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de edad.
La educación preescolar es el nombre que recibe el ciclo de estudios previos a la educación primaria obligatoria establecida en muchas partes del mundo. En algunos lugares es parte del sistema formal de educación y en otros como un centro de cuidado o guardería.
Educación básica
Regl. Art. 13, numeral 2 Dec. 1860/94 y Art. 20 Dec. 2247/97
SECCION TERCERA
ARTÍCULO 19**. Definición y duración. La educación básica obligatoria corresponde a la identificada en el artículo 356 de la Constitución Política como educación primaria y secundaria; comprende nueve (9) grados y se estructurará en torno a un currículo común, conformado por las áreas fundamentales del conocimiento y de la actividad humana

  • La Educación Básica, en calidad de tal, deberá garantizar el desarrollo de un potencial intelectual y práctico-experimental que habilite al estudiante para participar activamente en los contextos del mundo contemporáneo, mediante el desarrollo de un pensamiento lógico, que le permita leer y comprender las múltiples realidades desde sus códigos básicos; mediante el desarrollo de un pensamiento creativo, fundamento indispensable para la inserción en el mundo de una cultura técnica y tecnológica, y mediante el desarrollo de un pensamiento social que lo habilite para participar con responsabilidad y ética en las decisiones que generan dinámica social desde el punto de vista económico, social y político. Es decir, que la educación básica sí sea básica a la luz de los requerimientos del mundo contemporáneo.
Educación media
Regl. Arts. 10 y 56 del Dec. 1860/94
SECCION CUARTA

ARTÍCULO 27. Duración y finalidad. La educación media constituye la culminación,
Consolidación y avance en el logro de los niveles anteriores y comprende dos grados, el décimo (10°) y el undécimo (11°). Tiene como fin la comprensión de las ideas y los valores universales y la preparación para el ingreso del educando a la educación superior y al trabajo.
ARTÍCULO 28**. Carácter de la educación media. La educación media tendrá el carácter de académica o técnica. A su término se obtiene el título de bachiller que habilita al educando para ingresar a la educación superior en cualquiera de sus niveles y carreras.
Regl. Arts. y 11, numeral 2 del Dec. 1860/94
ARTÍCULO 29. Educación media académica. La educación media académica permitirá
al estudiante, según sus intereses y capacidades, profundizar en un campo específico de las ciencias, las artes o las humanidades y acceder a la educación superior.
  •   La Educación Media Académica debe proveer a todos una buena fundamentación académica y formativa exigida por la Educación Superior y la posibilidad de que todos ensayen actividades preuniversitarias, hasta encontrar aquella que mejor consulte sus intereses y habilidades personales Educación  media técnica
Regl. Art. 9º del Dec. 1860/94
ARTÍCULO 32*. Educación media técnica. La educación media técnica prepara a los
Estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior. Estará dirigida a la formación calificada en especialidades tales como: agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria, informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia.


  • La Educación Media Técnica, deberá ser una verdadera formación bivalente, que con fundamento en el potencial intelectual y práctico-experimental dinamizado en la educación básica, desarrolle competencias tanto de carácter académico como laboral, con opciones hacia el mundo del trabajo y hacia el mundo de la academia. Esto es, con una formación intelectual y práctica inscrita en una cultura técnica que le permita insertarse productivamente en el mundo del trabajo o crear las bases, desde el conocimiento científico y tecnológico, para articularse propedéuticamente con la Educación Superior.

Educación superior
Regl. Art. 41 del Dec. 1860/94
ARTÍCULO 35. Articulación con la educación superior. Al nivel de educación media
Sigue el nivel de la Educación Superior, el cual se regula por la Ley 30 de 1992 y las normas que
La modifiquen, adicionen o sustituyan. Este último nivel se clasifica así:
a) Instituciones técnicas profesionales;
b) Instituciones universitarias o escuelas tecnológicas, y
c) Universidades.


  • La Educación Superior deberá ser una opción académica para una formación de alta inteligencia en torno a un objeto científico, tecnológico o artístico, mediada por competencias intelectuales, profesionales y sociales que habiliten para intervenir en el mundo del trabajo con fundamento en el conocimiento científico, tecnológico o artístico demandado por la problematización de cada campo de intervención profesional.
los programas de Educación Superior, se encuentra con dificultades de diferente orden, siendo las más relevantes las siguientes: Unos planes de estudio con contenidos entre irrelevantes e insuficientes, que no fundamentan ni la opción hacia el mundo laboral ni la opción hacia la educación superior; unas especialidades de educación técnica sin pertinencia social, las cuales tienen como único criterio de elección el saber de los docentes asignados al establecimiento educativo, y el predominio de docentes con una formación tradicional que no tienen posibilidades de aportarle a la formación en un objeto técnico con el rigor que ello implica; unos desarrollos academicistas e intelectualistas que no fundamentan la educación posterior en los diferentes campos de saber,La preparación que brinda la educación superior es de tipo profesional o académica. Se distingue entre estudios de pregrado, grado (carrera universitaria) y posgrado (Máster y Doctorado) según el sistema de titulación profesional y grados académicos
COMPETITIVIDAD EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA
El único camino que puede seguir un país para lograr alcanzar su verdadero desarrollo es la competitividad. Los países no son competitivos por sí mismos, sino que dependen de la competitividad de sus habitantes y de las instituciones que ellos forman. Las verdaderas ventajas competitivas sostenibles en el tiempo se construyen basadas en educación: buena educación, mucha educación, educación permanente y siempre más y mejor educación.
Desde la mitad del siglo XX, con los  inicios de los que hoy conocemos como la tercera revolución industrial, con la aparición de la robótica, la electrónica, la informática y las telecomunicaciones, el “cuadro mágico” como lo llama Benjamín Coriat, la educación superior tuvo entre sí un creciente fenómeno relacionado directamente con uno de sus fines: la formación de la competitividad.
Hoy día no sólo se ha convertido en una necesidad  tomar en cuenta la naturaleza de este fenómeno, sino que dado los períodos cada vez más cortos en que se están produciendo los cambios en la esfera del trabajo, por los resultados que el desarrollo científico y la evolución tecnológica que esto conlleva, la educación superior tiene un desafío enorme, sobre todo por los modos tradicionales y conservadores como se lleva a cabo.
La educación técnico profesional propicia trayectorias formativas que:
              Garanticen una formación integral pertinente a los niveles de la educación secundaria y        superior, a la par del desarrollo de capacidades profesionales;
¢      integren y articulen teoría y práctica y posibiliten la transferencia de lo aprendido;
¢      contemplen la definición de espacios curriculares que aborden problemas propios del campo profesional específico en que se esté formando;
¢      presenten una organización curricular adecuada a cada formación, que prevea espacios de integración y prácticas profesionalizantes;
¢      se desarrollen en instituciones que propicien un acercamiento a situaciones propias de los campos profesionales específicos para los que se esté formando, con condiciones institucionales adecuadas para la implementación de la oferta, en el marco
¢      de los procesos de mejora continua establecidos por la Ley de Educación Técnico Profesional.
Educación no formal
Educación para el trabajo y el desarrollo humano
LEY 1064 DE 2006
(Julio 26)
Diario Oficial No. 46.341 de 26 de julio de 2006
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano establecida como educación no formal en la Ley General de Educación.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Reemplácese la denominación de Educación no formal contenida en la Ley General de Educación y en el Decreto Reglamentario 114 de 1996 por Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.
ARTÍCULO 2o. El Estado reconoce la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano como factor esencial del proceso educativo de la persona y componente dinamizador en la formación de técnicos laborales y expertos en las artes y oficios. En consecuencia las instituciones y programas debidamente acreditados, recibirán apoyo y estímulo del Estado, para lo cual gozarán de la protección que esta ley les otorga.
PARÁGRAFO. Para todos los efectos, la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano hace parte integral del servicio público educativo y no podrá ser discriminada.
ARTÍCULO 3o. El proceso de certificación de calidades de las Instituciones y programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano queda comprendido en lo establecido actualmente dentro del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Educación no formal: aprendizaje que no es ofrecido por un centro de educación o formación y normalmente no conduce a una certificación. No obstante, tiene carácter estructurado (en objetivos didácticos, duración o soporte). El aprendizaje no formal es intencional desde la perspectiva del alumno».
Es evidente que estos conceptos se solapan a veces con otros que han venido utilizándose en diversas épocas en los ámbitos nacionales. En el caso español, podemos citar como ejemplo la tradicional distinción, todavía vigente, entre enseñanza reglada y no reglada, que en ciertos aspectos coincidiría con la formal y la no formal. Pero lo que nos interesa sobre todo desde el punto de vista de la traducción es el hecho de que todos estos conceptos surgen en un contexto concreto y se utilizan hoy día en un marco teórico y con unas connotaciones determinadas. Para utilizar en cada caso la terminología adecuada, hay que tener muy en cuenta, pues, el contexto de que se trata
La educación no formal se da en aquéllos contextos en los que, existiendo una intencionalidad educativa y una planificación de las experiencias de enseñanza-aprendizaje, éstas ocurren fuera del ámbito de la escolaridad obligatoria. Cursos de formación de adultos, la enseñanza de actividades de ocio o deporte, son ejemplos de educación no formal. La diferenciación entre educación formal y no formal es, sin lugar a dudas, compleja.

* Es la acción que no se encuentra totalmente institucionalizada pero sí organizada de alguna forma. Representan actividades educativas de carácter opcional, complementario, flexibles y variadas, raramente obligatorias. Son organizadas por la escuela o bien por organismos o movimientos juveniles, asociaciones culturales o deportivas, etc. así, aunque no se encuentra totalmente institucionalizada, sí está organizada de alguna forma pues comprende un proceso dirigido a la obtención de algún nivel de aprendizaje, aunque no de un título académico.
De hecho la educación no-formal tiene un sentido muy amplio. Llamamos educación no-formal a todas aquellas intervenciones educativas y de aprendizaje que se llevan a cabo en un contexto extraescolar. Con ello incluimos la educación de adultos, la educación vocacional, la educación de las habilidades para la juventud, la educación básica para los niños que no asisten a la escuela y la educación para los mayores dentro del contexto de la educación para toda la vida. Una de las características de la educación no-formal es que su enfoque está centrado en el discente. La educación no-formal no se limita a lugares o tiempos de programación específicos, como en la educación formal. La educación no formal puede proveerse de una forma muy flexible que debe ser promocionado en el futuro. La UNESCO promociona la integración de la educación no-formal con la formal. Pensamos que la educación no formal tiene un potencial enorme en los sistemas de aprendizaje o sistemas educativos del futuro para desarrollar una enseñanza centrada en el discente y hecha a su medida.
Educación informal
Para la vida promoción y prevención

CAPITULO 3
ARTÍCULO 43. Definición de educación informal. Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.

Educación informal:
* La educación informal es aquella que se da de forma no intencional y no planificada, en la propia interacción cotidiana.
* La educación informal es la acción difusa y no planificada que ejercen las influencias ambientales. No ocupa un ámbito curricular dentro de las instituciones educativas y por lo general no es susceptible de ser planificada. Se trata de una acción educativa no organizada, individual, provocada a menudo por la interacción con el ambiente en ámbitos como la vida familiar, el trabajo y la información recibida por los medios de comunicación. Por ejemplo, la educación que se recibe en lugares de vivencia y de relaciones sociales (familia, amigos,...) no está organizada, de modo que el sujeto es parte activa tanto de su educación como de la de los demás
la educación informal comprende aquellos procesos de enseñanza-aprendizaje que acontecen en las actividades de la vida cotidiana relacionadas con la familia, el trabajo, o los amigos. No está estructurado, es decir, no se enmarca en objetivos didácticos, ni en una metodología predeterminada y no conduce a la obtención de un título o certificación. La educación informal en la mayoría de los casos no es intencional, sino azarosa o aleatoria, es decir, los sujetos no se imponen como objetivo formal ni el enseñar ni el aprender.

Debido a la complejidad misma del fenómeno educativo, en la realidad concreta los límites que separan estas categorías son difusos, principalmente entre la educación no formal y la informal. Esta distinción tripartita se asocia también al concepto de aprendizaje permanente o a lo largo de toda la vida.
BLIOGRAFIA

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BERNSTEIN, B. “La estructura del discurso pedagógico”. Morata, 1993.

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DELORS, Jacques. La educación encierra un tesoro. Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la educación para el siglo XXI, presidida por la Jacques De los. Madrid, Santillana, UNESCO, 1996. 318 p.

FAIRTEST.ORG: “Los Límites de las Evaluaciones Estandarizadas para el Diagnóstico y Asistencia en el Aprendizaje”. Centro Nacional para la Evaluación Justa y Abierta (USA). Portal en la Red: www.FairTest.org (Traducido por Prof. M. Claudia Nieto). Instituto de Investigaciones en Educación. U. N. 2003.

GÓMEZ BUENDÍA, Hernando. Educación: La agenda del siglo XXI: hacia un desarrollo humano. Santafé de Bogotá, 1998. 366 p.

GÓMEZ C., VÍCTOR MANUEL. El significado de las ciencias sociales y humanas en la educación tecnológica. Documento elaborado para el ITM, 1999.

GOMEZ, V. M. “Educación para el trabajo. Un estudio de la Educación Técnica Industrial”. Ed. Magisterio. Bogotá, 1998.

GOMEZ, V. M. “La Educación Media en Colombia. Un estudio del modelo INEM de diversificación”. Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de Colombia. Cuadernos de la Facultad. No. 15. 1995.

GOMEZ, V. M. “Gerencialismo y ‘testing’. Dos nuevas modalidades de política educativa en Colombia”. En: LAGUADO, A. (Editor). “La política social desde la Constitución de 1991. ¿Una década perdida?”. Facultad de Ciencias Humanas, U. N. Colección CES. 2004. pp. 167-186.

sábado, 30 de octubre de 2010

filosofiabuscandorazon

Razón (filosofía)
La razón es la facultad en virtud de la cual el ser humano es capaz de identificar conceptos, cuestionarlos, hallar coherencia o contradicción entre ellos y así inducir o deducir otros distintos de los que ya conoce. Así, la razón humana, más que descubrir certezas es una capacidad de establecer o descartar nuevos conceptos concluyentes o conclusiones, en función de su coherencia con respecto de otros conceptos de partida o premisas